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Número de examinadores de Tráfico por provincias de España

Otra auténtica vergüenza de la inoperancia de los responsables de la Dirección General de Tráfico, tanto a nivel nacional como provincial.

Dichos responsables deben ser cesados de inmediato, no cumplen con sus funciones y han colapsado todo el sistema de exámenes de conducción en toda España.

Es tan fácil como comprar una de estas calculadoras y hacer números.

Todos estos datos han sido obtenidos desde el Portal de la Transparencia, animamos a todos los ciudadanos a pedir datos de todos tipo desde ese portal, con un certificado electrónico se hace en cuestión de minutos, seguimos luchando por tener las estadísticas de cada examinador de Tráfico con cada autoescuela, pero en poco tiempo esperamos dar una buena sorpresa a más de uno 🙂 

Los datos sobre la población, han sido obtenidos del INE

 

Esta es la tabla con el número de examinadores de Tráfico del año 2020, la población de cada provincia de España y el número de habitantes por examinador en cada provincia, más abajo hay otra tabla ordenada con este último campo de mayor a menor para ver las provincias con peor número de examinadores.

NÚMERO DE EXAMINADORES DE TRÁFICO POR PROVINCIA DE ESPAÑA

PROVINCIA
EXAMINADORES
PoblaciónPoblación
/examinadores
ARABA6333.94055.657
ALBACETE9388.27043.141
ALICANTE331.879.88856.966
ALMERÍA16727.94545.497
ÁVILA4157.66439.416
BADAJOZ7672.13796.020
ILLES BALEARS211.171.54355.788
BARCELONA945.743.40261.100
BURGOS6357.65059.608
CÁCERES6391.85065.308
CÁDIZ211.244.04959.240
CASTELLÓN8585.59073.199
CIUDAD REAL7495.04570.721
CÓRDOBA13781.45160.112
A CORUÑA181.121.81562.323
CUENCA5196.13939.228
GIRONA 12781.78865.149
GRANADA21919.16843.770
GUADALAJARA5261.99552.399
GIPUZKOA6727.121121.187
HUELVA11524.27847.662
HUESCA6222.68737.115
JAÉN12631.38152.615
LEÓN6456.43976.073
LLEIDA7438.51762.645
LA RIOJA5319.91463.983
LUGO6327.94654.658
MADRID906.779.88875.332
MÁLAGA291.685.92058.135
MURCIA281.511.25153.973
NAVARRA9661.19773.466
OURENSE5306.65061.330
ASTURIAS171.018.78459.928
PALENCIA3160.32153.440
LAS PALMAS221.131.06551.412
PONTEVEDRA16945.40859.088
SALAMANCA7329.24547.035
S.C. TENERIFE161.044.88765.305
CANTABRIA9582.90564.767
SEGOVIA4153.47838.370
SEVILLA341.950.21957.359
SORIA388.88429.628
TARRAGONA 14816.77258.341
TERUEL4134.17633.544
TOLEDO14703.77250.269
VALENCIA412.591.87563.216
VALLADOLID7520.64974.378
BIZKAIA171.159.44368.203
ZAMORA4170.58842.647
ZARAGOZA18972.52854.029
CEUTA284.20242.101
MELILLA387.07629.025
SUBDIRECCIÓN
GRAL. FORMACIÓN VIAL
Y EDUCACIÓN VIAL 
16
TOTAL 80347.450.795
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La VERGÜENZA DE LA DGT – Bolsa de alumnos pendientes de examinar en toda España

Estos son los datos sacados del Portal de la Transparencia con el número de alumnos pendientes de examinar de los distintos exámenes prácticos de conducir por parte de la Dirección General de Tráfico y su evolución mensual durante este año 2020.

Te recomendamos que te tomes una de estas antes de leer el listado porque te va a dar un ataque de ver lo mal que funciona la Dirección General de Tráfico.

Si estás interesado en conocer todas las estadísticas de exámenes de todas las autoescuelas de España lo puedes hacer desde AptosAutoescuela, una web con los porcentajes y el número de alumnos presentados, aptos y no aptos de todas las autoescuelas (también con datos públicos de Transparencia). Puedes acceder desde este enlace.

Como se puede apreciar, el número de alumnos pendientes de examinar no hace más que crecer en todas las provincias, esto es imparable, y si no se toman medidas de inmediato esto va a suponer un colapso (que ya se está dando). Sólo con ver estos datos, los responsables directos de la DGT deberían ser destituidos de inmediato por dejadez en sus funciones, llevan años sin hacer absolutamente nada por solucionar esto y reciben un sueldo para ello, si son personas poco capaces para su puesto de trabajo, que se las expulse de inmediato, no podemos seguir aguantando este tipo de conduzcas en instituciones públicas.

Para intentar disimular este desastre, la DGT se inventó un sistema ilegal para limitar el trabajo de las autoescuelas, impidiendo el libre mercado y el trabajo libre, con el cual pensaban que los ciudadanos iban a culpar a las autoescuelas por el retraso de su examen, pero a los responsables de la DGT les ha salido mal, no son capaces ni de gestionar eso bien. Quien no vale, no vale.

HACEN FALTA MÁS EXAMINADORES, no queda otra opción.

BOLSA DE ALUMNOS PENDIENTES POR EXAMINAR DGT

ENERO (02/01/2020)

 

 

 

Provincia

 

 

Jefatura

 

TOTAL PENDIENTES MOTO

 

TOTAL PENDIENTES B+EB

 

TOTAL PENDIENTES PESADOS

 

BOLSA PENDIENTES CIRCULACIÓN

Albacete ALBACETE 128 2710 171           3.145   
Alicante/Alacant ALICANTE 713 8782 379         10.249   
Alicante/Alacant ELCHE 134 1861 80           2.151   
Almería ALMERIA 222 4202 482           5.267   
Araba/Álava ALAVA 36 1702 87           1.889   
Asturias ASTURIAS 112 2201 86           2.476   
Asturias GIJON 50 885 76           1.070   
Ávila AVILA 52 1005 54           1.156   
Badajoz BADAJOZ 134 3336 162           3.763   
Balears (Illes) ILLES BALEARS 299 6597 341           7.516   
Balears (Illes) IBIZA 52 865 66           1.036   
Balears (Illes) MENORCA 25 466 19              527   
Barcelona BARCELONA 2345 34802 1252         39.636   
Barcelona SABADELL 323 6297 198           7.006   
Bizkaia VIZCAYA 202 4431 277           5.130   
Burgos BURGOS 113 1674 113           1.995   
Cantabria CANTABRIA 123 2787 122           3.135   
Castellón/Castelló CASTELLON 139 3278 155           3.699   
Ceuta CEUTA 37 325 31              420   
Ciudad Real CIUDAD REAL 97 2805 183           3.224   
Coruña (A) A CORUÑA 117 3440 138           3.807   
Coruña (A) SANTIAGO 107 2116 138           2.472   
Cuenca CUENCA 73 1786 75           1.997   
Cáceres CACERES 66 1923 112           2.187   
Cádiz CADIZ 295 7326 289           8.154   
Cádiz LA LINEA 122 1716 96           2.019   
Córdoba CORDOBA 228 4182 227           4.828   
Gipuzkoa GUIPUZCOA 174 4162 92           4.519   
Girona GIRONA 433 5800 284           6.781   
Granada GRANADA 329 7184 420           8.270   
Guadalajara GUADALAJARA 65 1578 113           1.843   
Huelva HUELVA 122 2989 285           3.608   
Huesca HUESCA 59 1269 138           1.568   
Jaén JAEN 165 3139 159           3.598   
León LEON 63 1768 99           2.007   
Lleida LLEIDA 125 2669 147           3.061   
Lugo LUGO 40 992 66           1.149   
Madrid MADRID 1017 35700 1059         38.658   
Madrid ALCALÁ DE HENARES 337 6827 215           7.580   
Melilla MELILLA 24 551 22              616   
Murcia MURCIA 463 7858 651           9.487   
Murcia CARTAGENA 185 2635 315           3.378   
Málaga MALAGA 739 13976 645         15.918   
Navarra NAVARRA 81 3337 113           3.620   
Ourense OURENSE 53 1219 85           1.423   
Palencia PALENCIA 46 661 33              770   
Palmas (Las) LAS PALMAS 510 7433 479           8.830   
Palmas (Las) FUERTEVENTURA 47 1007 75           1.187   
Palmas (Las) LANZAROTE 32 1248 67           1.397   
Pontevedra PONTEVEDRA 49 1384 46           1.518   
Pontevedra VIGO 193 2349 75           2.700   
Rioja (La) LA RIOJA 66 1895 63           2.077   
Salamanca  

SALAMANCA

54  

1835

 

35

 

          1.957   

Santa Cruz de Tenerife  

S.C. TENERIFE

412  

7364

 

371

 

          8.466   

Santa Cruz de Tenerife  

LA PALMA

11  

598

 

8

 

             624   

Segovia SEGOVIA 64 1557 102           1.802   
Sevilla SEVILLA 342 7887 487           9.100   
Soria SORIA 18 318 17              367   
Tarragona TARRAGONA 235 5641 341           6.485   
Teruel TERUEL 44 701 85              894   
Toledo TOLEDO 238 4863 164           5.415   
Toledo TALAVERA R. 33 935 57           1.069   
Valencia/València  

VALENCIA

621  

12033

 

376

 

        13.387   

Valencia/València ALZIRA 145 3025 231           3.580   
Valladolid VALLADOLID 123 2668 91           2.964   
Zamora ZAMORA 22 722 41              816   
Zaragoza ZARAGOZA 309 4820 238           5.579   

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Panel de control del coche desde el puesto de copiloto. PERFECTO PARA PROFESORES DE AUTOESCUELA

Os queremos enseñar una cosa muy curiosa, un panel de control para que el copiloto pueda controlar diversos elementos de un vehículo, como los intermitentes, las luces, el claxon. El botón azul central no tenemos muy claro para qué sirve, pero igual es para encender el vehículo. Con un aparato de estos y una dashcam ya tenemos el coche super moderno con tecnología por todas partes.

Yo, como profesor de formación vial lo veo super útil, sobre todo el tema de los intermitentes, sería una maravilla poder poner esos intermitentes importantes cuando el alumno no se da cuenta.

controles del vehículo por el copiloto

El problema de estos controles es que van a depender de cada fabricante del vehículo, supongo que en algunos modelos implementar esto sea super fácil, pero en otros imposible.

Y a ti, ¿te parece útil?

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Productos OBLIGATORIOS para dar clases de conducir después del VIRUS

Ante todo, mucho ánimo a todo el mundo, de esta vamos a salir, pero después… vamos a tener que tomar muchas medidas de seguridad para poder salir a la calle y poder trabajar, así que ve preparando la compra de estos productos para no contagiarnos y para desinfectar el coche. 

GUANTES DESECHABLES

Importantísimos para cualquier profesor de autoescuela, vamos a tener que tocar el volante, la palanca de cambios y cualquier otro mando del vehículo que haya sido tocado por los alumnos. Aquí el dilema es si obligar a los alumnos a traer sus propios guantes o usar unos desechables con cada alumno en cada clase. ¿Qué opinas?

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GEL HIDROALCOHÓLICO DESINFECTANTE

Otro básico para usar después de cada clase práctica, o eso o entramos a la oficina a lavarnos las manos (que es lo mejor), pero seguro que por el tiempo entre clases no nos es cómodo entrar a lavarnos así que un bote de este gel tenemos que tener siempre con nosotros.

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MASCARILLAS DE PROTECCIÓN FACIAL

Esto seguro que va a ser obligatorio para poder salir a la calle, así que tanto en la autoescuela como en el coche tendremos que ir equipados con una de esta todo el día, importante coger un pack de muchas mascarillas, con una o dos no nos va a servir de nada.

mascara facial
Máscara protectora facial

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LIMPIADOR MULTIUSOS

Es necesario hacer una limpieza de todos los mandos del vehículo en cada cambio de alumno, yo ya lo hacía antes del 14 de marzo y me da a mi que nos va a tocar hacerlo durante mucho tiempo, es importante la higiene y la limpieza. O esto o ya te digo yo que los alumnos no van a querer seguir dando clases prácticas.

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DESINFECTANTE OFICINA

Además de limpiar el coche, va a ser muy importante limpiar el local de la autoescuela, las clases teóricas reúnen mucha gente a la vez y habrá que mantener distancias y buena limpieza.

gel desinfectante oficina
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El futuro de los exámenes de conducir: El examinador será un teléfono móvil.

Tal cual lo has leído, con una APP instalada en un teléfono móvil cualquiera, podremos realizar un examen de conducir.

Esto puede asustar a más de uno, pero tranquilos, son pruebas, inventos que puede que lleguen a funcionar o puede que queden en simples noticias para conseguir visitas.

El proyecto HAMS de Microsoft Research India se ha utilizado para automatizar las pruebas del permiso de conducir, al hacer que un teléfono inteligente montado en el parabrisas use su cámara delantera / trasera y otros sensores, para monitorear al conductor y su conducción durante la prueba. HAMS se ha desplegado en Dehradun, India, para realizar docenas de pruebas de licencia de conducir al día, sin la participación de evaluadores humanos.

La idea es usar los sensores del teléfono para valorar la conducción del aspirante y a través de un software valorar tanto la observación del propio alumno como la buena realización de las maniobras.

Y a ti, ¿qué te parece?

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Fichas de alumno – Ficha de clases prácticas

En redes sociales corre la noticia de que la policía ha sancionado a algún profesor de formación vial por no llevar la ficha de clases prácticas firmada antes de empezar la clase. Veamos como en este caso el policía desconoce totalmente el Reglamento de Centros de Formación. Debemos añadir que algún examinador también anda algo perdido en esto cuando les toca pasar revisión.

reglamento autoescuelas
reglamento autoescuelas

Fichas del alumno

Establece el artículo 40 del Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores la obligación de toda Escuela o Sección de cumplimentar, por cada alumno, las fichas de clases teóricas y prácticas y de actitudes que sean precisas.

En estas fichas, que se ajustarán al modelo oficial que determine el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, figurarán los datos del centro, del alumno, del profesor, las clases recibidas y espacios adecuados para que el profesor pueda hacer constar sus observaciones en relación con el aprendizaje, los riesgos detectados en el alumno al inicio del proceso formativo y el instrumento utilizado en esta evaluación, certificar si el alumno ha recibido la formación necesaria para ser presentado a la realización de las pruebas y obtener el permiso o licencia de que se trate y consignar las fechas y los resultados de las pruebas realizadas.

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Modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

TEXTO

La disposición final segunda de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, autoriza al Gobierno para aprobar, en el plazo de dieciocho meses a partir de su entrada en vigor que tuvo lugar, con carácter general, el 9 de mayo de 2014, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizados, aclarados y armonizados, el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y las leyes que lo han modificado, incluidas las disposiciones de las leyes modificativas que no se incorporaron a aquél.

De acuerdo con la citada habilitación, se ha procedido a elaborar este texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen.

En primer lugar se han recopilado las numerosas normas que han modificado el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, al objeto de valorar las disposiciones recogidas en la parte final de cada una de ellas, con la finalidad de incorporar aquellas cuya aplicación está en vigor y que, por su contenido, deben formar parte de este texto refundido, lo que ha hecho necesario ordenar y numerar de nuevo todas ellas.

 

En segundo lugar se ha actualizado y revisado el vocabulario utilizado, incluidas cuestiones gramaticales, al mismo tiempo que se ha realizado una exhaustiva labor para unificar el uso de ciertos términos que se venían usando a lo largo del texto de manera diferente, al objeto de dotarlo de la necesaria cohesión interna.

 

Además, entre las mejoras técnicas es de señalar los cambios realizados en el modo en que se ordena el articulado, algunos de ellos con un contenido denso y largo resultado de las numerosas modificaciones por las que se ha visto afectado. En este sentido, se han dividido preceptos extensos en varios artículos, destacando la nueva forma en que se regulan las infracciones, que han pasado a ocupar un artículo independiente en función de su gravedad.

También cabe destacar la nueva ordenación en artículos diferentes de una serie de cuestiones de especial trascendencia para los ciudadanos como es la pérdida y recuperación de puntos, así como la pérdida de vigencia de las autorizaciones para conducir, ya sea por desaparición de los requisitos para su otorgamiento o por pérdida del crédito de puntos, con la consiguiente obtención de nueva autorización.

Actualmente estas materias se regulaban de una manera un tanto confusa, en preceptos demasiado largos o incluso parcialmente en anexos que dificultaban su comprensión, al carecer de la necesaria coherencia al regular una materia.

En consonancia, se ha procedido a ajustar la numeración de los artículos y, por lo tanto, las remisiones y concordancias entre ellos.

En tercer lugar se ha adaptado su contenido a la reciente modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, que convierte al BOE en un tablón edictal único, pasando a ser voluntaria la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico.

En cuarto lugar, se ha incluido la transposición de la Directiva (UE) 2015/413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, que se había recogido en la disposición final segunda de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, a cuya derogación se procede por entender que, por su contenido, debía integrarse en este texto refundido.

Por último, se ha procedido a incluir algunos cambios, todos ellos teniendo presente que la capacidad de innovación a través de este texto refundido se limita a la labor de regularización, aclaración y armonización de textos legales, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.5 de la Constitución Española, por cuanto la autorización al Gobierno no se circunscriben a la mera formulación de un texto único.

Para ello, en línea con la jurisprudencia constitucional, estos cambios se han limitado a colmar lagunas, eliminar discordancias y antinomias detectadas en la regulación precedente, con el objetivo de lograr así que el texto refundido resulte coherente y sistemático, además de introducir normas adicionales y complementarias necesarias para precisar su sentido, conforme a los debidos límites de actuación y sin sobrepasar, en ningún caso, lo que supondría una vulneración de la autorización del legislador.

Esta norma ha sido informada por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2.d) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2015,

DISPONGO:

Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuyo texto se inserta a continuación.

Disposición adicional primera. Referencias normativas.

Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba.

En particular, las referencias al Consejo Superior de Seguridad Vial se entenderán realizadas al Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.

Las medidas contenidas en esta norma se atenderán con los medios personales y materiales existentes y, en ningún caso, podrán generar incremento de gasto público.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, así como las leyes que lo han modificado, incluidas las disposiciones de las leyes modificativas que no se incorporaron a aquél.

En particular, queda derogada la disposición final quinta de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, en lo que afecta a la entrada en vigor del contenido de la disposición final segunda de la misma Ley 35/ 2015, de 22 de septiembre.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto legislativo y el texto refundido que aprueba entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, el capítulo V «Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico» del Título V «Régimen Sancionador», así como los anexos V, VI y VII, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2015.

FELIPE R.

El Ministro del Interior,

JORGE FERNÁNDEZ DÍAZ

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Mejoremos el servicio de exámenes de conducir

Que las autoescuelas pidamos que se metan empresas privadas para dar servicio de exámenes de conducir no implica que nosotros queramos examinar.

Repetiremos mil veces, TENEMOS que mejorar el servicio de exámenes actual, porque actualmente NO funciona eficientemente.

No podemos seguir sin garantizar una fecha de examen al alumno cuando vamos a presentar a examen.
No podemos admitir que sólo haya exámenes cada 15 días, ni mucho menos 1 cada mes, ni cada varios meses.
No podemos permitir que en los meses estivales (verano, navidades…), que es cuando más alumnos quieren examinarse, las Jefaturas denieguen el servicio de exámenes por vacaciones.
No podemos seguir permitiendo que si te ponen la fecha de examen que les da la gana y un alumno tenía para esa fecha algún otro compromiso (trabajo, viajes…) le corra convocatoria y pierda su dinero.
No podemos permitir criterios de examen que dependen de cada examinador. Deberían realizarse reuniones periódicas examinadores/profesores para aclarar ciertos criterios / zonas conflictivas.
No podemos permitir que se sigan ocultando las estadísticas de cada examinador.
No podemos permitir que haya examinadores que a algunos les examinen 10 minutos y a otros 40. Esto con una tablet que controle tiempos y recorridos se soluciona.
No podemos tener la más mínima sospecha de que cierto examinador esté favoreciendo a cierta autoescuela/profesor sin que este sea apartado de las funciones de examinador temporalmente e inspeccionado adecuadamente.
No podemos seguir teniendo miedo a reprochar algo de los examinadores por miedo a represalias hacia nuestros alumnos.
No podemos permitir que haya examinadores que no sigan el protocolo de examen y se larguen del examen sin dar explicaciones ni el resultado del mismo.
No podemos seguir presentando “carpetas de examen” teniendo que pegar unas tasas de casi 100 € con pegamento. Esto debería estar informatizado por completo.
No podemos tener que seguir llevando nosotros toda la documentación de cada alumno en su expediente, esto es función del personal examinador. El examinador debería tener una tablet o lo que sea en donde venga todo el “papeleo”.
No podemos aceptar que un alumno realice su examen a ordenador y que le publiquen el resultado al día siguiente (que en muchas ocasiones ni lo publican y tenemos que ir a la Jefatura a por el papel con los resultados).
No podemos aceptar que el alumno no vea las preguntas que ha fallado en el examen teórico y que simplemente le digan “apto” o “no apto”

Y muchas más cosas que ahora no me vienen a la cabeza, pero seguro que podéis dejar en los comentarios.

stop examen conducir

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Cuadro de sanciones por exceso de velocidad

¿Te han puesto una multa?

Aquí tienes todo el cuadro de sanciones por exceso de velocidad:

multa por exceso de velocidad
multa por exceso de velocidad

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51-60 61-70 71-80 81-90 111-120 121-130 131-140 141-150 151-160 161-170 171-180 171-180 400 € 4
61-70 71-80 81-90 91-100 121-130 131-140 141-150 151-160 161-170 171-180 181-190 181-190 500 € 6
+ de 71 + de 81 + de 91 + de 101 + de 131 + de 141 + de 151 + de 161 + de 171 + de 181 + de 191 + de 191 600 € 6

Fuente Dirección General de Tráfico

Identificación de conductor responsable de infracción

Si, como titular de vehículo, ha recibido un requerimiento para que identifique a un conductor responsable de una infracción, puede realizar este trámite en Internet, sin necesidad de certificado digital ni de DNI electrónico.

Recuerde

  • La identificación del conductor debe realizarse en el momento procedimental oportuno.
  • No es posible identificar desde esta página a conductores que no residan en territorio español. En estos casos tendrá que hacerlo por escrito.
  • No es posible identificar desde esta página a conductores que carezcan de permiso o licencia de conducir adecuado para el vehículo con el que se ha cometido la infracción. En estos casos tendrá que hacerlo por escrito.
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El coche autónomo sigue avanzando, ahora detecta gestos de los ciclistas

¿Un coche que conduce el sólo? pamplinas!!!

Pues no, ya está en desarrollo, y debemos decir que lleva un desarrollo bastante avanzado, en el siguiente video alguno va a alucinar con las posibilidades.

Ojo al video, es tremendo como ha evolucionado todo esto:

  • Detecta todo lo que tiene cerca, coches, motos, camiones, triángulos de obras…
  • Se da cuenta de un vehículo mal estacionado y piensa cuando puede apartarse de él.
  • Lo de que detecta al ciclista cuando hace el gesto con el brazo es simplemente, genial!
  • Todo en tiempo real, peatones, semáforos, señales…

Un genial invento de google que esperemos en breve tiempo llegue a nuestras carreteras!

Un detalle muy importante es que para que estas cosas funcionen, todos los conductores debemos señalizar bien todas nuestras maniobras, nadie es adivino, y el coche autónomo tampoco.

Coche autónomo
Vehículo autónomo de google, conduce él sólo

Y no queda duda, que estas cosas hasta conducen mucho mejor que más de uno, ojala podamos disfrutarlo en poco tiempo.

Alguno dice que no se lo cree, pues es verídico, buscad un poco de información por Internet y ya veréis que la cosa va en serio.

¿Y las autoescuelas? pues vete tu a saber! aunque siempre va a ser necesario formar a los ciudadanos en formación vial, que las máquinas siempre pueden fallar…