En redes sociales corre la noticia de que la policía ha sancionado a algún profesor de formación vial por no llevar la ficha de clases prácticas firmada antes de empezar la clase. Veamos como en este caso el policía desconoce totalmente el Reglamento de Centros de Formación. Debemos añadir que algún examinador también anda algo perdido en esto cuando les toca pasar revisión.
Fichas del alumno
Establece el artículo 40 del Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores la obligación de toda Escuela o Sección de cumplimentar, por cada alumno, las fichas de clases teóricas y prácticas y de actitudes que sean precisas.
En estas fichas, que se ajustarán al modelo oficial que determine el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, figurarán los datos del centro, del alumno, del profesor, las clases recibidas y espacios adecuados para que el profesor pueda hacer constar sus observaciones en relación con el aprendizaje, los riesgos detectados en el alumno al inicio del proceso formativo y el instrumento utilizado en esta evaluación, certificar si el alumno ha recibido la formación necesaria para ser presentado a la realización de las pruebas y obtener el permiso o licencia de que se trate y consignar las fechas y los resultados de las pruebas realizadas.