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El 1 de febrero se inicia la prueba de calidad en siete jefaturas provinciales

No aumentará el tiempo de examen

Se exigirá el cumplimiento de lo que establece el artículo 49 del vigente Reglamento de Conductores, titulado: “Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general”, y con especial hincapié lo dispuesto en su apartado 2, que nos remite a las operaciones indicadas en el anexo V.B).4, del citado reglamento, donde se indica:

“1. Los aspirantes deberán efectuar obligatoriamente, con toda seguridad y con las precauciones necesarias, las operaciones siguientes:
a) Comprobaciones previas. Entre otros, el aspirante deberá verificar los diversos sistemas de seguridad y elementos técnicos del vehículo, así como la documentación del mismo”.

La subdirección general de Formación para la Seguridad Vial insiste en que esta prueba de calidad no supondrá un incremento del tiempo de examen.

Permiso A

Todas las jefaturas tienen una instrucción (llamada de ‘tolerancia’) en virtud de la cual se permite el alta de las motocicletas de 595 cc en adelante.

 

Noticia de la Confederación Nacional de Autoescuelas CNAE 

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