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XIV CURSO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD DE PROFESOR DE FORMACIÓN VIAL

Con objeto de que los aspirantes puedan contar con suficiente información para preparar la
prueba previa de carácter teórico, versará sobre la siguiente legislación:

R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de
Circulación.

R.D. 818/2009, de 8 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de
Conductores (especialmente el Título de las autorizaciones administrativas para conducir).

R.D. 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de
Vehículos (en especial los Títulos I Normas generales; Titulo II Homologación, inspección y condiciones técnicas de los vehículos a motor, remolques y semirremolques; Titulo III
Ciclomotores, ciclos, vehículos de tracción animal y tranvías y los anexos de desarrollo de
los mismos).

R.D. 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regulan las inspecciones técnicas de los vehículos.

R.D. Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor (en
especial Título I Ordenación Civil).

R.D. 1507/2008 de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro
obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, de Código Penal, (especialmente en lo
referente a Delitos contra la Seguridad del Tráfico).

Los manuales existentes en el mercado para la preparación de las distintas pruebas de
conocimientos establecidas en el Reglamento General de Conductores que recojan y
complementen la normativa arriba citada y actualizada al día de la prueba podrán ser usados para la preparación de la prueba previa de carácter teórico, incluidas las cuestiones relativas a
seguridad vial que se pudieran incluir en la prueba.
El material de apoyo tiene un carácter meramente orientativo, sin que agote la materia de la que trata ni vincule al órgano de selección.
Madrid, 20 de mayo de 2011.

 

EEnlace al texto oficial de la DGT

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Fecha del examen previo para profesores de formación vial XIV

El examen será el 7 de septiembre de 2011, todavía no lo han colgado en internet, pero está puesto en los tablones de las Jefaturas.

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Ya están las listas de admitidos a futuros profesores de formación vial

Los listados están en las Jefaturas de Tráfico, de momento no están colgados en internet.

Parece que la DGT ya da información sobre los admitidos.

Suerte y a estudiar!

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CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: DOCENCIA DE FORMACIÓN VIAL

¡¡¡ IMPORTANTE !!!

Sale publicado en el BOE el reconocimiento de la cualificación de Profesor de Formación Vial.

¿Esto que significa?

Que se regulan los estudios para ser profesor de formación vial por Módulos.

Total 450 horas para ser profesor. Olvidaros de los exámenes actuales para obtener el título de profesor de formación víal. Lo que no se sabe es lo de director.

¿Qué se exige para ser profesor de este módulo?

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la organización y preparación del contexto de enseñanza-aprendizaje en las escuelas particulares de conducción, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:

– Formación académica de Ingeniero/a Técnico/a, Diplomado/a, titulaciones de grado equivalentes o de otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.

2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

AQUÍ TIENES EL B.O.E.

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: DOCENCIA DE FORMACIÓN VIAL

Familia Profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad
Nivel: 3
Código: SSC566_3

Competencia general
Programar, impartir y evaluar la enseñanza dirigida a la formación vial para los aspirantes a la obtención del permiso o licencia de conducción, cursos de especialización y reciclaje formativo y profesional, sobre medidas reeducadoras y aquellas acciones que determine la legislación en vigor.

Unidades de competencia
UC1871_3: Organizar y preparar el contexto de enseñanza-aprendizaje en las escuelas particulares de conducción.
UC1872_3: Impartir y evaluar la formación requerida para la conducción de vehículos.
UC1873_3: Programar, impartir y evaluar actividades de sensibilización, reeducación y formación en el ámbito de la seguridad vial.

Entorno Profesional
Ámbito Profesional
Desarrolla su actividad profesional en escuelas y centros docentes, tanto públicas como privadas, facultadas para impartir la enseñanza de formación vial en la obtención del permiso de conducción. Podrá colaborar con: corporaciones locales, casas de cultura, centros cívicos, centros educativos, parques infantiles de tráfico, asociaciones, ONG, fundaciones o escuelas particulares de conductores y empresas cuya actividad principal o predominante esté relacionada con la seguridad vial y el transporte por carretera. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la legislación vigente.

Sectores Productivos
Se ubica en el sector de la educación vial en las siguientes actividades productivas: formación de la conducción de vehículos, cursos de especialización y reciclaje formativo y profesional y actividades de sensibilización.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Profesor/a de formación vial.
Profesor/a de escuelas particulares de conducción.
Formación Asociada (450 horas)

Módulos Formativos
MF1871_3: Contexto y programación para la formación en escuelas particulares de conducción. (150 horas)
MF1872_3: Impartición y evaluación de formación para la conducción de vehículos. (180 horas)
MF1873_3: Sensibilización, reeducación y formación en el ámbito de la seguridad vial. (120 horas)

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Examen previo curso profesores de autoescuela XIII

Sacado de un foro de internet:

1. Ante un semáforo cuadrado o de carril en forma de aspa roja el conductor de un vehículo deberá…

a. Abandonar el carril lo antes posible aun rebasando el semáforo.
b. Abandonar el carril siempre antes de llegar al semáforo.
c. Detenerse ante el sin rebasarlo si no pudo abandonar el carril sobre el que se encuentra encendido.

2. Circulando por una vía señalizada con la señal S-50e a una velocidad de 70 Km/h el conductor…

a. Podrá utilizar los tres carriles en función de las circunstancias de la circulación.
b. Deberá utilizar exclusivamente el carril derecho.
c. Solamente podrá utilizar los carriles de la izquierda.

3. El conductor de un turismo que se encuentra la señal R-5 al llegar a un paso estrecho…

a. No entrará en el si obliga a detenerse a los conductores que circulen en sentido contrario.
b. Podrá entrar en el mismo si queda una separación lateral con el vehículo que circula en sentido contrario inferior a 1 metro.
c. Podrá entrar en él siempre que haya otro vehículo en su mismo sentido.

4.  El conductor del vehículo que circula delante ha indicado su propósito de adelantar. ¿Tiene prioridad para realizar dicha maniobra?

a. Sí.
b. Sí, pero sólo cuando, además de señalizarlo, el vehículo inicie su desplazamiento.
c. No, el indicador de dirección no establece prioridad.

5. El conductor que arroje a la vía un cigarrillo encendido comete una infracción…

a. Grave.
b. Leve.
c. Muy grave.

6. El conductor que se aproxime a una intersección regulada por la señal R-1…
a. Mostrará su intención de ceder el paso.
b. Se detendrá siempre.
c. Dejará pasar sólo a los vehículos pesados que circulen por la vía a la que se aproxima.

7. En una autovía se considera velocidad anormalmente reducida la que sea inferior a…

a. 60 Km/h, aunque no circulen otros vehículos.
b. 60 Km/h, siempre que circulen otros vehículos.
c. La mitad de la genérica y depende del vehículo.

8. En una frenada de emergencia debe tenerse en cuenta que recorrerá más espacio durante la frenada si…

a. En la estiba o colocación del equipaje en el maletero no se han repartido sus masas por igual en ambos lados.
b. Se a colocado todo el equipaje en el maletero en lugar de repartirlo por el habitáculo.
c. La temperatura interior de habitáculo es inferior a la ideal.

9. Entre los siguientes tipos de señales, ¿cuál es el orden de prioridad?

a. Agentes, semáforos y señales verticales.
b. Agentes, señales verticales y semáforos.
c. Señales verticales, agentes y semáforos.

10. Esta señal prohíbe la entrada a… (R-103)

a. Vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar.
b. Vehículos automóviles.
c. Turismos.

11. La señal R-404 que se ve en la figura implica…

a. La obligación de todos los conductores de automóviles, excepto motocicletas, de circular por la calzada en la que se encuentra situada.
b. La obligación de todos los conductores de vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar, de circular por la calzada en la que se encuentra situada.
c. La obligación de todos los conductores de vehículos de circular por la calzada en la que se encuentra situada.

12.  Las balizas cilíndricas…

a. Prohíben franquear la línea imaginaria que las une.
b. Indican el borde de la calzada.
c. Indican el borde de la plataforma.

13.  Los conductores que circulen por un carril reversible deberán…

a. Llevar encendida, al menos, la luz de corto alcance de día y de noche.
b. Llevar encendida, al menos, la luz de corto alcance si es de noche.
c. Si es de día no es obligatorio llevar encendido ningún tipo de alumbrado: esto queda reservado para los carriles habilitados para circular en sentido contrario al habitual.


14. Los mensajes preceptivos que aparecen en los paneles de señalización variable…

a. Serán prioritarios sobre la señal fija de la calzada.
b. No deberán tener más de una señal de reglamentación.
c. No podrán contener señales de obligación.

15.  No es maniobra básica de circulación…

a. La reanudación de la marcha.
b. La incorporación a la circulación.
c. La parada.

16. Para una conducción eficiente, como norma general, se deben realizar los cambios de marcha, en un motor diesel entre…

a. 1500 y 2000 rpm
b. 2000 y 2500 rpm
c. 2500 y 3000 rpm

17. Se considera delito contra la seguridad vial circular a una velocidad superior a la permitida reglamentariamente…

a. En 60 Km/h en vía urbana o en 80 Km/h en vía interurbana.
b. En 50 Km/h en vía urbana o en 80 Km/h en vía interurbana.
c. En un 50% tanto en vía urbana como en vía interurbana.

18.  Si conduce un turismo con catalizador por la carretera y lo estaciona fuera de la calzada y del arcén, en una pradera de hierba alta y seca, debe saber que dicho lugar es…

a. Peligroso porque se podría provocar un incendio.
b. El más seguro por estar fuera de la circulación y no crear peligro.
c. Muy seguro por estar fuera de la circulación, no es necesario señalizarlo ni utilizar el chaleco reflectante para descender del vehículo.

19.  Si el titular de un permiso de la clase B conduce un turismo, pero es drogodependiente física y psicológicamente…

a. Es un conductor potencialmente peligroso, aunque lo haga sin haber ingerido o tomado drogas.
b. Puede conducir sin peligro mientras no tome la droga, es decir, mientras no esté bajo sus efectos.
c. Puede conducir sin peligro un turismo y una motocicleta de hasta 125 centímetros cúbicos.

20. Tiene la consideración de ciclomotor, entre otros, el vehículo de tres ruedas…

a. Provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 c.c., si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 Km/h.
b. Asimétricas respecto de su eje longitudinal, provisto de un motor de cilindrada superior a 50 c.c., si es de combustión interna, y una velocidad máxima por construcción superior a 45 Km/h.
c. Simétricas respecto de su eje longitudinal, provisto de un motor de cilindrada superior a 50 c.c., si es de combustión interna, y/o una velocidad máxima por construcción superior a 45 Km/h.

21. Un conjunto formado por un turismo y un remolque mide 12 metros. A la vista de esta señal, ¿le está permitido el paso? (R-106-10 metros)

a. No.
b. Sí, sólo prohíbe el paso a los camiones que midan más de 10 metros.
c. Sí, sólo prohíbe el paso a los vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 10 metros.

22. Un portador es un vehículo especial autopropulsado concebido y…

a. Construido para portar máquinas agrícolas.
b. Construido para portar máquinas de obras y servicios.
c. Destinado para portar caravanas.

23. Un vehículo mixto adaptable es el automóvil…

a. Especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no de mercancías y personas hasta un máximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
b. Destinado a servicios o transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.
c. Concebido y construido para el transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor.

24. ¿Cuál es de los conductores de los siguiente vehículos o conjunto de vehículos no están obligados a llevar entre la dotación obligatoria del vehículo un chaleco reflectante de alta visibilidad?

a. Ni los conjuntos de vehículos agrícolas.
b. Solamente los de cuadriciclos ligeros.
c. Solamente los de conjuntos de vehículos agrícolas.

25. ¿Cuál es la velocidad máxima a la que puede circular una motocicleta con sidecar en una autovía?

a. 120 Km/h
b. 100 Km/h, pudiendo alcanzar los 120 Km/h para adelantar.
c. 70 Km/h

26. ¿Cuál o cuáles de estas señales no permiten continuar de frente?

A    (R400.a)                                 B (CALLE CORTADA)
a. Solamente la A.
b. Solamente la B.
c. No lo permite ni la A ni la B.

27. ¿Qué es el efecto submarino?

a. es el que se produce cuando el cuerpo se desliza por debajo de la banda o cinta abdominal del cinturón de seguridad.
b. Es la contaminación que se produce normalmente en grandes núcleos urbanos por la inversión térmica.
c. Es la falta de ventilación en el habitáculo y que provoca somnolencia.

28. ¿Qué velocidad no podrá superar el conductor de un vehículo derivado de turismo que circula por una autopista?

a. 100 Km/h
b. 120 Km/h
c. 90 Km/h

29. Como norma general, la utilización durante la conducción de equipos de comunicación entre los auriculares del conductor de una motocicleta y los de su pasajero está…

a. Prohibida.
b. Permitida.
c. Permitida, excepto cuando se circule en autopista.

30. Circular superando los límites de ruido máximos permitidos está prohibido…

a. en todos los casos.
b. en aquellas vías objeto de la ley de circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
c. para todos los vehículos excepto vehículos especiales.

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Convalidar el BTP con el Título de Profesor de Formación Vial

Mucho se preguntan si después de sacar el título de profesor de autoescuela te dan el btp sin hacer ningún examen ni nada.

La respuesta es SÍ, y os lo digo por que yo lo hice en su día y todavía se sigue haciendo.

Una vez que tengas tu título, te acercas por la Jefatura, pagas tus tasas, entregas fotocopia del título de profesor, fotocopia del dni, psicotécnico y haces un pequeño escrito diciendo que quieres el btp y te lo dan sin ningún problema.

¿Alguna duda más?

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BOE convocatoria XIV de PROFESORES DE AUTOESCUELA

De acuerdo con la atribución de competencias contenida en el Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, se convoca curso para quienes deseen obtener el Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial.

La convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1. Requisitos para tomar parte en el curso

De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del citado Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos de Motor, para tomar parte en el curso será necesario:

a) Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o de Técnico (Formación Profesional de Grado medio) o acreditar documentalmente que se poseen estudios equivalentes o superiores.

b) Ser titular del permiso de conducción de la clase B que habilita para conducir vehículos con cambio de marchas manual, al menos, con una antigüedad mínima de dos años.

c) Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen para la obtención de un permiso del grupo 2, según lo dispuesto en el artículo 45 del Reglamento General de Conductores. Por excepción, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de clase B o un permiso extraordinario de la clase B, sujeto a condiciones restrictivas con, al menos, una antigüedad mínima de dos años obtenido al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, podrán obtener un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanzas de carácter teórico.

Dichos requisitos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y continuar vigentes durante el proceso formativo.

Si, con ocasión de las pruebas de selección o durante el desarrollo del curso, se tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, o de la certificación acreditada resultase que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran la obtención del Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial, en estos supuestos, y previa audiencia del interesado, por la Dirección del Curso se formulará propuesta de exclusión del aspirante.

2. Solicitudes y plazo de presentación de instancias y derechos de examen

1. Quienes deseen tomar parte en el curso, hayan o no superado la prueba previa de selección en anteriores convocatorias o estén exentos de alguna materia conforme se indica en la base 7.2 de la presente resolución, deberán presentar su solicitud conforme al modelo que figura en el anexo I de la presente Resolución. El impreso de solicitud será facilitado por las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de Tráfico y en la dirección de internet www.dgt.es.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

2. A dicha solicitud, en la que, además del nombre y apellidos, fecha de nacimiento, número del documento nacional de identidad, número de identificación de extranjero o Pasaporte y domicilio del interesado, se indicará el teléfono, correo electrónico, si lo tuviera, el título de Educación Secundaria Obligatoria, equivalente o superior que posea y si está exento de la prueba previa de selección o de la de enseñanza a distancia, se acompañará el justificante de haber abonado de la forma que se indica en el apartado siguiente 42,69 euros en concepto de derechos de examen.

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Convocatoria XIV Curso de Profesores de Formación Vial

Acaba de salir a la luz la nueva convocatoria para profesores de autoescuela:

BOE de la convocatoria

DERECHOS DE INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

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Prueba teórica.–La prueba teórica, que versará sobre normas relativas a conductores, vehículos y circulación, señales reguladoras de la circulación y cuestiones de seguridad vial, tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, en impreso facilitado al efecto, a un cuestionario de 30 preguntas sobre las materias antes indicadas, siguiendo un sistema de elección múltiple.

 

SISTEMA DE ELECCIÓN MÚLTIPLE !!!

4.3 Prueba práctica.–La prueba práctica que deberán realizar los aspirantes no exentos, de acuerdo con lo establecido en el apartado 7.1, versará sobre técnica y dominio de la conducción y circulación en vías abiertas al tráfico, y tendrá una duración mínima de treinta minutos.
Se desarrollará en vías, tanto urbanas como interurbanas, abiertas al tráfico general, conduciendo un turismo aportado por el interesado con cambio de marchas manual.
Dicha prueba, que tendrá carácter eliminatorio, irá encaminada a comprobar la aptitud y experiencia del aspirante en el manejo del vehículo y sus mandos y en el cumplimiento de las normas y señales reguladoras de la circulación, así como su comportamiento y actitudes en relación con los diversos factores que intervienen en el tráfico, la conducción eficiente y la capacidad de adaptación a las incidencias y situaciones de la circulación, con especial atención a la seguridad.

 

PARA LA PRUEBA PRÁCTICA “la conducción eficiente “

El curso, que tendrá carácter teórico y práctico, constará de dos fases: una de enseñanza a distancia y otra de formación presencial en el centro donde el curso se celebre.

5.1 Fase de enseñanza a distancia.– Esta fase tendrá carácter teórico y versará sobre las materias o asignaturas que se relacionan a continuación:
a) Normas y señales reguladoras de la circulación vial.
b) Cuestiones de seguridad vial, técnica de conducción y circulación económica, medio ambiente y contaminación, accidentes de circulación, causas, factores que intervienen en los mismos.
c) Reglamentación general de vehículos y en especial de los vehículos pesados, transporte de personas y mercancías, prioritarios y especiales
d) Seguro de automóviles.
e) Normativa por la que se regula los permisos de conducción, sus clases y las pruebas de aptitud a realizar para su obtención
f) Normativa por la que se regula el aprendizaje de la conducción y la los centros de formación de conductores
g) Pedagogía y Psicología aplicadas a la conducción.
h) Mecánica y entretenimiento simple de los automóviles.
i) Comportamiento y primeros auxilios en caso de accidente de tráfico.

 

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La fase de presencia tendrá una duración de diez semanas, aproximadamente, tiempo que se destinará, proporcionalmente, a enseñanzas teóricas y su aplicación práctica, de acuerdo con el programa elaborado por el Tribunal calificador.

La prueba previa de selección y las evaluaciones de la fase de enseñanza a distancia y la de recuperación, en su caso, tendrán lugar en la provincia de residencia del solicitante en el lugar o lugares que oportunamente se señalen.
Los turnos de la fase de presencia tendrán lugar en Alicante, Cantabria, Madrid, Málaga, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza, en los locales que oportunamente se señalen al publicarse los listados de convocados en cada uno de los turnos cuando, por el número de aspirantes se programe más de uno, y se ajustarán al horario y programación que fije el Tribunal calificador.

 

Estarán exentos de realizar la prueba práctica correspondiente a la prueba previa de selección los que, por no poseer las condiciones de aptitud psicofísicas requeridas para obtener permiso del grupo 2, aspiren a un Certificado de Aptitud de Profesor limitado a enseñanzas de carácter teórico.
Asimismo, estarán exentos de realizar la prueba práctica de conducción y circulación en vías abiertas al tráfico, quienes sean titulares de permisos de conducción de las clases C1 o D1 al menos, el día 29 de diciembre de 2010. Lo que se acreditará el día de realización de la prueba teórica de selección.

 

Los aspirantes que superen la fase de enseñanza a distancia y pasen a realizar la fase de formación presencial abonarán directamente a la empresa adjudicataria o Institución encargada de realizar esta fase, la cantidad de 2.000 Euros, incrementada, en su caso, con el IPC acumulado hasta el 1 de enero del año de celebración del primer turno.

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CONVOCATORIA 2010 PRUEBA SELECTIVA PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE APTITUD DE DIRECTOR DE ESCUELAS DE CONDUCTORES.

ABONO DE LOS DERECHOS DE INSCRIPCIÓN

Con motivo de un cambio de normativa interna y con el objeto de facilitar la presentación de solicitudes, se informa a quienes deseen tomar parte en la convocatoria de prueba selectiva para obtener el certificado de aptitud de Director de Escuelas de Conductores, que deberán abonar los derechos de inscripción, que ascienden a 42,69 euros en cualquier oficina del banco de Santander, al número de cuenta que se indica a continuación:

0049 5103 70 2416000498

EN EL IMPRESO DE INGRESO DEBERÁ HACERSE CONSTAR:
NOMBRE Y APELLIDOS DEL SOLICITANTE.
NÚMERO DEL D.N.I o N.I.E.
EN “TITULAR DE LA CUENTA”: JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO.
OTROS INGRESOS.
EN EL APARTADO “OBSERVACIONES” O “CONCEPTO”: “Derechos de inscripción Prueba selectiva Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores”.

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Análisis del sector de las autoescuelas

Vamos a realizar una simple comparación de nuestro trabajo con respecto a otros, como por ejemplo un repartidor.

Repartidor – empieza a currar a las 6:30 y a las 16:00 ya esta en casa.

Profesor de autoescuela – no tengo horario fijo, tengo que estar disponible todo el día, dependemos del horario de cada alumno y de la hora fijada para cada examen semanal.

Repartidor – el tiene toda la tarde libre para poder hacer lo que quiera ( ocio, descansar, dedicarse a sus hijos, estudiar…).

Profesor de autoescuela – imposible, por las tardes es cuando los alumnos más tiempo tienen para dar clases, incluso hay alumnos que sólo pueden dar clases los sábados.

Repartidor – si no hay trabajo, el cobra lo mismo, no es su problema.

Profesor de autoescuela – si una temporada no hay alumnos los ingresos bajan radicalmente.

Repartidor – el se puede poner malo, coger festivos, puentes, etc.

Profesor de autoescuela – yo no, si no trabajo, no cobro.

Repartidor -  el para la sociedad no esta mirado como un aprovechado que intenta sacar el máximo dinero posible a sus clientes.

Profesor de autoescuela -  Tenemos un gran problema con la sociedad, estamos vistos como ladrones que intentan sacar el máximo número de clases incluso que nuestro alumno suspenda a posta, para sacar más dinero.

Repartidor – No necesita ninguna titulación homologada para ejercer su trabajo.

Profesor de autoescuela – Por lo menos te tiras 2 o 3 años desde que salen las convocatorias, con unos exámenes muy duros que además no te garantizan un trabajo fijo. Si además quieres montar tu autoescuela tienes que obtener el título de director.

Repartidor – No tiene que discutir a diario con gente y romperse la cabeza de como convencer al torpe de turno para que no mire al suelo, no mire a los bordillos, aguante el embrague, frene cuando reduce…

Profesor de autoescuela – Debemos estar alerta todo el día para no sufrir un accidente ni que destrocen nuestro vehículo.

Y teniendo en cuenta todo esto todavía tenemos que estar aguantando a autoescuelas que se dedican a tirar los precios, captar alumnos como sea, degradando la profesión.