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Autoescuela Permiso por puntos

Consultar el saldo de puntos del Permiso por Puntos ahora con historial de antecedentes

Por fin puedes ver tu historial de perdidas o bonificación de puntos a  la hora de consultar tu saldo de puntos en la web de la DGT.

Antes tan sólo aparecían los puntos que te quedaban, ahora ya tienes un listado con la fecha, movimiento, organismo… acerca del movimiento de puntos de tu permiso de conducir.

Permiso por Puntos saldo de puntos
Permiso por Puntos saldo de puntos

Recuerda, para consultar los puntos de tu permiso de conducir entra en http://dgt.es/portal/es/oficina_virtual/permiso_por_puntos/

Podrás acceder con tu DNI electrónico o con datos de tu permiso de conducir.

 

Y si has perdido puntos, recuerda:

El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:

Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración. Este curso sólo podrá realizarse por una vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales, que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual. El número de puntos que se pueden recuperar con estos cursos será de un máximo de 6. Realizado el curso, el interesado no deberá acudir a ninguna Jefatura Provincial de Tráfico, sino que el Centro le expedirá un certificado acreditativo de su realización con aprovechamiento, y lo comunicará telemáticamente a la Dirección General de Tráfico.

Por el transcurso del tiempo sin cometer infracciones. La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.

 

Y si has perdido todos los puntos:

La pérdida total del crédito de puntos supone la pérdida de la autorización administrativa que habilita para conducir. Por ello, es necesario obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.

Hasta que pueda volver a obtener una nueva autorización para conducir debe transcurrir un periodo de tiempo de 6 meses, en el caso de conductores no profesionales, y de 3 meses en el caso de conductores profesionales. Transcurrido este periodo de tiempo puede ya obtener una nueva autorización administrativa para conducir.

Para obtener esta nueva autorización son necesarias dos cosas:

  • En primer lugar, realizar y superar con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración. Superado el curso, el Centro expedirá una certificación donde se indicará que se ha realizado el mismo con aprovechamiento. Al mismo tiempo, el Centro comunicará telemáticamente esta circunstancia a la Dirección General de Tráfico.
  • En segundo lugar, será preciso realizar una prueba en la Jefatura de Tráfico cuyo objeto estriba en acreditar que el conductor ha asumido los contenidos de los cursos. En definitiva, que se ha producido la sensibilización y la reeducación vial que se pretende.

Por esta razón, la prueba no tiene relación alguna con las pruebas de conocimientos exigidas para la obtención de los permisos o licencias de conducción. Y por ello, tampoco se exige la realización de pruebas prácticas de conducción.

En el caso de que el interesado no supere la prueba en primera convocatoria, podrá presentarse nuevamente hasta un máximo de dos ocasiones, debiendo realizar previamente en cada una de ellas, un ciclo formativo de 4 horas de duración en el Centro donde realizó el Curso.

La pérdida parcial, total o recuperación de los puntos asignados afectará al permiso o licencia de conducción cualesquiera que sean las clases que comprendan.

El listado de Centros, su ubicación y los cursos que se realizarán a lo largo del año estarán a disposición del público en la página web www.dgt.es.

En cualquier caso, los cursos se realizarán en días laborables. El coste de los cursos correrá a cargo del interesado. El precio de los cursos es fijo para todos los alumnos. En la tarifa del curso están incluidos el material didáctico así como la gestión de la tramitación del curso ante la Jefatura de Tráfico correspondiente. Sin embargo, no se incluye en aquella, la tasa de examen que deba realizarse, en su caso, y que será abonada por el alumno.

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Impresos DGT permiso de conducir

¿Cómo renovar el permiso de conducir?

Vigencia:

El permiso de conducción de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1,D1+E, D y D+E y la autorización BTP, tendrán un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los cuarenta y cinco años de edad, de tres años si los sobrepasa sin rebasar los sesenta, y de dos años a partir de esta edad.

El permiso de las clases restantes y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tendrán un período de vigencia de diez años hasta que su titular cumpla los cuarenta y cinco años de edad, de cinco años hasta que cumpla los setenta, y de dos años a partir de esa edad.

No obstante, el período normal de vigencia de las diversas clases de permisos y licencias de conducción podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o prórroga de su vigencia, se comprueba que el titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquella, es susceptible de agravarse.

El permiso o licencia de conducción cuya vigencia hubiese vencido no autoriza a su titular a conducir.

DGT

Requisitos:

La vigencia de los permisos o licencias de conducción será prorrogable, por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, previa solicitud de los interesados y una vez hayan acreditado que conservan las aptitudes psicofísicas exigidas para obtener el permiso o licencia de que se trate.

La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse dentro del período de tres meses anterior a la fecha de la pérdida de vigencia de la autorización de que se trate. Adelantar la presentación de la solicitud no va a suponer, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
La solicitud de prórroga deberá presentarse antes de expirar el período de vigencia. No obstante, el titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.

Documentación necesaria:

  • Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
  • El Permiso o Licencia de Conducción cuya vigencia se pretende prorrogar.
  • Informe de Aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Dos fotografías actualizadas de 35 x 25 mm., iguales a la que se halle adherida al Certificado de Aptitud.