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XIV CURSO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD DE PROFESOR DE FORMACIÓN VIAL

Con objeto de que los aspirantes puedan contar con suficiente información para preparar la
prueba previa de carácter teórico, versará sobre la siguiente legislación:

R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de
Circulación.

R.D. 818/2009, de 8 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de
Conductores (especialmente el Título de las autorizaciones administrativas para conducir).

R.D. 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de
Vehículos (en especial los Títulos I Normas generales; Titulo II Homologación, inspección y condiciones técnicas de los vehículos a motor, remolques y semirremolques; Titulo III
Ciclomotores, ciclos, vehículos de tracción animal y tranvías y los anexos de desarrollo de
los mismos).

R.D. 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regulan las inspecciones técnicas de los vehículos.

R.D. Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor (en
especial Título I Ordenación Civil).

R.D. 1507/2008 de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro
obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, de Código Penal, (especialmente en lo
referente a Delitos contra la Seguridad del Tráfico).

Los manuales existentes en el mercado para la preparación de las distintas pruebas de
conocimientos establecidas en el Reglamento General de Conductores que recojan y
complementen la normativa arriba citada y actualizada al día de la prueba podrán ser usados para la preparación de la prueba previa de carácter teórico, incluidas las cuestiones relativas a
seguridad vial que se pudieran incluir en la prueba.
El material de apoyo tiene un carácter meramente orientativo, sin que agote la materia de la que trata ni vincule al órgano de selección.
Madrid, 20 de mayo de 2011.

 

EEnlace al texto oficial de la DGT

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