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Tu permiso de conducción | Permiso Internacional

Martes, 13 de Octubre de 2009
 

El permiso internacional de conducción es necesario para poder conducir temporalmente por el territorio de países que no sean miembros de la Unión Europea y que no hayan adoptado el modelo de permiso previsto en los Convenios de Ginebra o Viena. El modelo y prescripciones del permiso internacional para conducir se adaptan a lo dispuesto en el Convenio Internacional de Ginebra de 19 de septiembre de 1949. Se compone de una cubierta o cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee. Este tipo de permiso tiene una validez de 1 año. y no es válido para conducir en el país que lo expide (en nuestro caso, en España).

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Expedición
  • Se expide a petición del interesado en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
Requisitos
  • Ser titular de un permiso de conducción que esté vigente.
Documentación Necesaria
  • Solicitud en impreso oficial
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor
  • Una fotografía actualizada, de 35 x 25 mm
Tasa: Su cuantía varía anualmente.
  • Su importe exacto para el año figura en  la HOJA INFORMATIVA correspondiente disponible en www.dgt.es.

Legislación, dgt , , ,

Cambio de domicilio para el permiso de conducir

Martes, 8 de Julio de 2008

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Puede realizar el cambio de domicilio en su ayuntamiento o en la Jefatura provincial de tráfico.

Documentación a aportar

  • Trámite gratuito.
  • Justificante del cambio de domicilio: DNI, certificado de empadronamiento, tarjeta censal, etc. Si no hay cambio de municipio bastará con un recibo de agua, luz, gas, etc.
  • En el caso de cambio de domicilio de vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla a la Península o Baleares, se aportará documento acreditativo de que se ha despachado el vehículo en la Aduana. Si no aporta dicho documento se pondrá en conocimiento del departamento de Aduanas.
  • Documentación del vehículo: permiso de circulación (salvo el caso de extravío o sustracción)  y la tarjeta de ITV  con el reconocimiento en vigor.

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