REGULADOS LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE LAS APTITUDES PSICOFÍSICAS DE LOS CONDUCTORES

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. Este Reglamento pretende terminar con la dispersión normativa que existe en la actualidad sobre esta materia y simplificar los trámites administrativos que conlleva la exigencia del informe de aptitud psicofísica para poder obtener los permisos y licencias de conducción.

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Del contenido del Reglamento se puede destacar lo siguiente:

1.- Se permite a los Centros gestionar, cuando así lo solicite el interesado, la prórroga de la vigencia de los permisos o licencias de conducción. Esta medida podría suponer un ahorro para los ciudadanos un total de 7.200.000 euros y de 3.600.000 horas en concepto de desplazamientos.

2.- Se prevé que el Centro pueda contratar con una clínica la prestación de servicios de oftalmología, en lugar de tener que contar con un médico oftalmólogo en el Centro, así como la figura del director facultativo, que será el responsable de la firma del informe del aptitud psicofísica en aquellos supuestos en que el director del Centro no reúna la consideración de facultativo.

3.- Los informes de aptitud psicofísica se deberán emitir en formato telemático en lugar de en formato papel, y remitir por esta vía de manera inmediata al Registro de Conductores e Infractores. Los Centros remitirán también a dicho Registro los historiales clínicos en los que se apoyan los informes de aptitud psicofísica. Así, será perfectamente posible constatar por parte de la Administración que los informes son el resultado de una exploración completa del estado de salud del afectado, que se plasma en los citados historiales clínicos.

4.- Los informes de aptitud psicofísica surtirán efecto en todo el territorio nacional, mientras que en la actualidad sólo podían surtir efecto en la provincia donde estuviera ubicado el Centro.

5.- Se concede un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Reglamento para que los Centros de Reconocimiento de Conductores cuenten con el equipo informático necesario para el envío telemático de los informes de aptitud psicofísica.

Entrará en VIGOR en Julio 2010 y la vía telemática a los  seis meses de entrado en vigor el reglamento; es decir, que la Vía Telemática entrará Enero 2011.