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APROBADO EL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES

Sábado, 9 de Mayo de 2009

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Reglamento General de Conductores que deroga en su totalidad el vigente aprobado en 1997. La finalidad de este nuevo Reglamento es incorporar al Derecho interno español dos Directivas comunitarias:

  • Directiva del 20 de diciembre de 2006 sobre el permiso de conducción, cuyo principal objetivo es avanzar en la armonización de las normas sobre las autorizaciones para conducir.
  • Directiva de 27 de junio de 2008 que modifica otra de 1991, sobre el permiso de conducción, respecto al uso de los vehículos sin pedal de embrague.

Además, por razones de seguridad jurídica (el vigente Reglamento ya había sido modificado en ocho ocasiones), se unifica en este nuevo texto gran parte de la normativa sobre conductores, evitando a los ciudadanos la dispersión normativa que existía en esta materia. Asimismo, se simplifica su contenido al eliminar requisitos no acordes con la normativa actual como la aportación de determinadas fotocopias o de documentos que se duplicaban en los trámites para obtener o renovar cualquier clase de autorización para conducir. Por otra parte, se mejora y actualiza su contenido, como en el caso de los datos que han de figurar en el Registro de Conductores e Infractores, al incluir expresamente los relacionados con el sistema del permiso por puntos, para aumentar así las garantías de los ciudadanos respecto a la aplicación de dicho sistema.

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Novedades

Cabe destacar las siguientes novedades:

  • La actual licencia de conducción de ciclomotores (hasta 50 cm3) se convierte en el nuevo permiso de conducción de la clase AM. Hasta el 1 de septiembre de 2010 se podrá obtener con catorce años de edad en las mismas condiciones que la licencia de conducción. A partir de esa fecha, se exigirán quince años cumplidos y superar una prueba específica de conocimientos, y otra práctica en circuito cerrado.
  • Respecto a los permisos de conducción que habilitan para conducir motocicletas, ya sean de potencia baja (hasta 125 cm3), media (hasta 400 cm3) o alta (más de 400 cm3), prácticamente no hay cambios sustanciales en cuanto a la forma de su obtención.
  • Los períodos de vigencia de los permisos y de las licencias de conducción se amplían, en general, con respecto a los actuales, conforme a la Directiva de 20 de diciembre de 2006, que, por primera vez, impone unos períodos de vigencia únicos para todos los Estados miembros.
  • A partir del 19 de enero de 2013 el personal examinador tendrá que contar con unas cualificaciones mínimas, unas garantías de calidad y una formación periódica. No obstante, el personal examinador que ejerza como tal con anterioridad a esa fecha podrá seguir haciéndolo, aun cuando no reúna algunos de los requisitos exigidos, si bien deberán someterse a la garantía de calidad, consistente en una supervisión anual de sus funciones, y a la formación periódica.
  • A los extranjeros residentes en España titulares de un permiso de conducción expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea se les podrá aplicar la normativa española relativa a las restricciones, suspensión, retirada del permiso o pérdida de puntos. Para ello, se prevé que, si cometen en nuestro país una infracción de las que llevan aparejada la pérdida de puntos, se cambiará su permiso de conducción por un permiso de conducción español equivalente. De esta manera, al pasar a ser titulares de un permiso de conducción español ya se les podrá aplicar nuestra normativa y, en su caso, se les podrán quitar los puntos que corresponda.

Legislación, Normativa, autoescuela, dgt , , , , ,

La jefatura de Tráfico de Valladolid anula exámenes

Jueves, 17 de Julio de 2008

Como es costumbre, todos los años a los últimos exámenes de julio se presentan muchos alumnos para obtener sus respectivos permisos, sobretodo este año con el cambio de normativa el 1 de septiembre.

enfado Pues bien, justo una semana antes, y después de que muchas autoescuelas presentasen sus respectivas carpetas con los convocados a examen, la Jefatura comunica a las autoescuelas que deben eliminar a un alumno de los presentados a examen por cada profesor e incluso deja prever que se anularán algunos días de examen de los previstos, lo cual crea muchos problemas para numerosas autoescuelas.

Además hay que sumar que este años las vacaciones veraniegas, donde no hay posibilidad de llevar a alumnos a examen, son desde el 28 de julio hasta el 22 de agosto, un mes!!

Como siempre parece que las cosas no están bien previstas, tal vez la Jefatura se vea desbordada de trabajo, pero en vez de dar una solución al problema, lo solucionan anulando exámenes y perjudicando a muchas autoescuelas y ciudadanos.

QUEREMOS SABER SI HAY CASOS SIMILARES EN EL RESTO DE ESPAÑA, EN ESE CASO NO DUDEIS EN CONTACTAR

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