Cambios en el examen teórico

Como todos los años, llegan los rumores:

- Cambio de la edad para obtener la licencia de ciclomotor de 14 a 15 años

Es una gran idea, despues de años permitiendo que niños de 14 años conduzcan vehículos potencialmente peligrosos, ya era hora de cambiar esto. Además, sería lógico que añadiesen una prueba práctica, un chaval de 15 años, por mucho que se estudie un libro, no va a aprender a conducir una moto.

- Los conductores con el permiso caducado más de 4 años no tendrán que volver a examinarse

Ridicula idea, si una persona no se preocupa de lo más mínimo por tener su permiso de conducir renovado, no digamos del seguro del vehículo y no pensemos en la responsabilidad que pueda asumir esa persona en caso de accidente.

- Respuestas múltiples en el examen teórico

Esto creo que lo llevo oyendo desde hace años, tratan de igualar estos exámenes a ciertas universidades, que realizan examenes de respuesta múltiple.

La idea no es mala, pero para ello habría que informatizar todas las autoescuelas, informatizar las salas de examenes de Tráfico… (mucho dinero y mucha formación), todavía existen autoescuelas donde la máquina de escribir es su elemento más innovador, es complicado aplicar esto a nivel nacional.

Tambien sería lógico pensar, que si lo que quieren esque el alumno salga bien preparado, deberían exigirse otras cosas como:

–> NO permitir examenes teóricos por libre, para algo los profesores de autoescuela tenemos que hacer unos cursos de formación.

–> Exigir un mínimo de clases prácticas obligatorias, se aprende mucho más en un coche que leyendo un libro.

No hay que basarse en que las autoescuelas son un negocio, sino que son un medio de formación a muchos ciudadanos que puede salvar muchas vidas en carretera.

Además, como siempre, de todos estos rumores, todavía no se sabe fecha, así que seguimos en las mismas, avisando todo el día antes del examen.

Resolución de 26 de agosto de 2007

RESOLUCIÓN DE 26 DE AGOSTO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE SE CREA UN REGISTRO ELECTRÓNICO EN LA JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
(BOE núm. 220, de 13 de septiembre)

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Con la reforma de los artículos 38 y 59 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dio un nuevo impulso al empleo y aplicación de dichas técnicas, al habilitar, por una parte, la creación de registros telemáticos que faciliten e impulsen las comunicaciones telemáticas entre las Administraciones Públicas y los ciudadanos y, al proporcionar, por otra parte, la necesaria cobertura legal al régimen jurídico regulador de las notificaciones practicadas por medios telemáticos. Continua leyendo »

Reglamento de Autoescuelas

REAL DECRETO 1295/2003, DE 17 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS ESCUELAS PARTICULARES DE CONDUCTORES

(B.O.E. 28 - OCTUBRE - 2003)

Continua leyendo »

Tasas 2008 DGT

Las nuevas tarifas de Tráfico:

Tasas DGT 2008

Pincha en la imagen para aumentar su tamaño.

Tráfico controlará a los vehículos sin seguro

Tráfico se moderniza, ahora tendrá controlados a todos los vehículos que circulen sin seguro por nuestras carreteras.

Anuncio navidad 2007 DGT

Iré posteando los videos de los anuncios de la DGT a lo largo del tiempo, para ver la evolución de estos.

Anuncio DGT navidad 2007

Primer día de este nuevo Blog

Saludos a todos los lectores.

Hoy es un buen día para comenzar con este nuevo blog que tratará sobre todo lo relaccionado con el mundo de las autoescuelas: Material de Autoescuela, legislación, normativa, vehículos, profesores, alumnos, asociaciones…

Se trata de crear un punto de encuentro de todos los profesionales de este sector, dando a conocer opiniones objetivas acerca de todo lo que nos interesa.

La idea es crear un blog abierto a todo el mundo, así que todo el que quiera escribir, podrá publicar sus propias noticias o comentarios, esperemos que todos colaboremos :)

Convocatoria XIII de Profesores de Autoescuela

A día 17 de enero de 2008 sale publicada en el BOE:

IMPORTANTE:

Modelo de solicitud para presentar en Tráfico [antes del 18 de febrero de 2008]

De acuerdo con la atribución de competencias contenida en el Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, y con la Orden del Ministerio del Interior de 19 de junio de 1985, se convoca curso para quienes deseen obtener el Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial.

La convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1. Requisitos para tomar parte en el curso

De conformidad con lo establecido en el artículo 52 del citado Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos de Motor, para tomar parte en el curso será necesario:

a) Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o acreditar documentalmente que se poseen estudios equivalentes o superiores.

b) Ser titular del permiso de conducción de la clase B, al menos, con una antigüedad mínima de dos años.

c) Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen para la obtención de un permiso del grupo 2, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento General de Conductores. Por excepción, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de clase B o un permiso extraordinario de la clase B, sujeto a condiciones restrictivas con, al menos, una antigüedad mínima de dos años obtenido al amparo de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, podrán obtener un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanzas de carácter teórico.

Dichos requisitos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

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