20 de Marzo del 2008
Los instructores de tráfico de Francia protestaron ayer en Lyon contra la reforma que su gobierno va a llevar a cabo. Insistían en que no hay examinadores suficientes y que por ese motivo se retrasan las obtenciones de los permisos y se eleva su coste considerablemente. Cortaron numerosas calles del centro, carreteras periféricas y tramos de autopista. Además bloquearon salidas y entradas a los muelles y ralentizaron notablemente el discurrir diario.
Si la reforma entrase en vigor ocurriría algo similar a lo que ocurre actualmente en España: en el primer suspenso del alumno no ocurriría nada, a partir del segundo suspenso se aplicaría una semana de penalización obligándole a esperar una semana, en el tercer suspenso serían dos… y así hasta ir de mes en mes. Esto además implica dar clases obligatorias, lo que supone una mayor lentitud, más saturación de centros y cupos y un coste económico bastante superior a lo que se acostumbra en el país vecino por ahora. Vendría a rondar unos 1600-2000€ para conducir un simple coche, o en otros términos: un 30% más de lo que cuesta actualmente.
Si bien es cierto la causa de las protestas es más por aumentar el número de clases mínimas obligatorias que por otra cosa. Dicen algunos que es mejor autoescuela la que menos clases ha de impartir para que sus alumnos aprueben y en cierto modo es real, siempre y cuando hayas conseguido en ese mínimo, formar al alumno suficientemente, cosa que a duras penas sucede en España y que, por mi cortísima experiencia en el país vecino, tampoco. Aunque insisten en que esto se subsanaría en parte si las plazas para examinador de tránsito aumentaran y si la entrega de dichas plazas se realizara en base al total de candidatos y no basándose en el índice de éxitos estadístico, que es como se hace por ahora.
Más información (en francés).
15 de Marzo del 2008

Retomo la información sobre el país Finés. Esta vez vamos a entrar en temas específicos y curiosos que pueblan las normativas existentes en el país y que para una zona como España suenan casi ridículas. Por ejemplo, vamos a ver que a partir de octubre, aproximadamente, que es cuando empieza allí la época considerada como invierno es obligatorio el uso de ruedas especiales para nieve, tal como se observa en la foto, que llevan esos clavos de los que más de una vez hemos oido hablar y que tan pocas veces hemos podido ver. En el idioma autóctono, el finlandés o finés, se llaman Talvirenkaat y dan título a esta especie de documental. Hay que decir y aquí es donde más se asombra el conductor europeo de nuestra zona que las cadenas están terminantemente prohibidas bajo fuerte sanción e inmovilización inmediata del vehículo. Y como ellas, cualquier otro sistema que no sean los neumáticos especiales.
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10 de Marzo del 2008

Tengo un alumno que está viviendo en Finlandia. Ayer me hablaba de cómo son allí los exámenes de los distintos tipos de permisos y cómo funciona su sistema de seguridad vial. Me descubría cosas nuevas y otras simplemente me las recordaba, pero siempre he creído que es uno de los mejores países con respecto a cifras de siniestralidad y circulación en condiciones desfavorables. Al igual que Canadá y otros países que sufren el frío invierno con nieves y hielos constantes, han sabido adaptarse y educar a sus conductores.
Quizá lo primero que llame la atención sobre la seguridad vial sea la diferencia existente para obtener el permiso si uno lo quiere sacar en verano o en invierno. Se exigen, como en casi toda Europa, 18 años cumplidos y pasar un reconocimiento básico; tan básico, que incluso en España parece ser mayor (y eso que nuestros psicotécnicos son irrisorios). Si uno escoge los meses comprendidos entre Octubre y Abril para examinarse, tendrá que pasar primero unas pruebas en circuito cerrado consistentes en hacerse con el control del vehículo en caso de hielo y nieve, aprender a frenar, a acelerar, aprender también a tomar curvas en condiciones muy desfavorables… y una vez lo haya logrado, se enfrentará a la circulación abierta y las pruebas serán múltiples, no vale un sólo día y un sólo examen. Hay que demostrar que se sabe conducir bajo fuertes nevadas, esquivar alces y venados (representan un riesgo enorme) y que además, se sabe circular en distintas saturaciones de tráfico y en distintos lugares.
Si uno prefiere obtener su permiso entre Abril y Octubre, tendrá que pasar por las mismas pruebas, aunque tendrá una clara ventaja a la hora de circular en carretera, porque evitará en mucho las heladas y nevadas. Pero se verá en igualdad de condiciones si llega a las pruebas de circuito cerrado, porque le colocarán una plancha metálica con aspersores varios y sistemas de congelación para que la sensación sea similar a lo que ocurre en el asfalto cuando es invierno.
Hay que destacar en ambos casos la prueba del Alce, consistente en tomar una recta, colocar el vehículo a determinada velocidad y después evitar un posible obstáculo. Vale que sabemos de antemano donde está y tenemos tiempo para pensar cómo evitarlo, pero no tiene que ser nada sencillito si hay hielo de por medio. Esta misma prueba la pasan los coches para ver si son suficientemente seguros y algunos de ellos acaban volcando.
Una vez con el permiso en la mano los jóvenes y no tan jóvenes comenzarán su andadura y aprendizaje al volante. El resto de la normativa en cuanto a renovaciones y mantenimiento del permiso se adapta al estándar europeo, sin caducidad aparante salvo que la autoridad detecte alguna irregularidad. Próximamente veremos los límites de velocidad y algunas normas curiosas que existen en este nórdico país.
14 de Febrero del 2008
Aquí tenemos los criterios de examen por los que se rige la Dirección General de Tráfico.
Sacado de un B.O.E. de 21 de diciembre de 2000.
CRITERIOS DE EXAMEN
14 de Febrero del 2008
El 25-01-2.008 se ha realizado una modificación parcial del Reglamento General de Conductores con muchas novedades:
1) Se elimina el plazo máximo de cuatro años para poder renovar los carnés caducados.
2) Para motos, se fijan exámenes teóricos y prácticos en vías abiertas a la circulación.
3) Se aumenta a 15 años la edad mínima exigida para conducir ciclomotores y a 18 para transportar pasajeros en ellos.
4) En los exámenes teóricos, habrá más de una respuesta correcta a cada pregunta y se aumenta a 6 el número de errores permitidos.
Si quieres descargártelo o leerlo detalladamente, pincha el siguiente enlace:
MODIFICACIÓN REGLAMENTO GENERAL CONDUCTORES 25-01-2.008
LISTA DE CORREO TODOAUTOESCUELA.
28 de Enero del 2008
Un breve ejemplo de como cambiarán los tests a partir del 1 de septiembre.
Modelo antiguo:
¿Qué significa esta señal?

A. Únicamente recomienda realizar una detención.
B. Obliga, en cualquier caso, a realizar una detención.
C. Obliga únicamente a ceder el paso a los vehículos que circulen por la vía transversal.
Respuesta correcta: B
Modelo nuevo [respuesta múltiple]:
Ante esta señal, ¿qué obligaciones debe cumplir?

A. Deternerme obligatoriamente.
B. Ceder el paso a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime.
C. Avisar con señales acústicas de la intención de detenerme.
D. Si no tengo suficiente visibilidad desde el lugar donde me detenga, deberé detenerme de nuevo.
Respuesta correcta: A, B y D
25 de Enero del 2008
RESOLUCIÓN DE 26 DE AGOSTO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE SE CREA UN REGISTRO ELECTRÓNICO EN LA JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
(BOE núm. 220, de 13 de septiembre)
El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.
Con la reforma de los artículos 38 y 59 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dio un nuevo impulso al empleo y aplicación de dichas técnicas, al habilitar, por una parte, la creación de registros telemáticos que faciliten e impulsen las comunicaciones telemáticas entre las Administraciones Públicas y los ciudadanos y, al proporcionar, por otra parte, la necesaria cobertura legal al régimen jurídico regulador de las notificaciones practicadas por medios telemáticos. Continua leyendo »
25 de Enero del 2008
REAL DECRETO 1295/2003, DE 17 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS ESCUELAS PARTICULARES DE CONDUCTORES
(B.O.E. 28 - OCTUBRE - 2003)