Archivos en el mes de Enero del 2008

Funcionamiento básico de un motor de 4 tiempos

motor de 4 tiemposAquí tenemos una animación del funcionamiento de un motor de 4 tiempos.

1. Tiempo de admisión

- El aire y el combustible vaporizado entran.

2. Tiempo de compresión

- El vapor de combustible y el aire son comprimidos y encendidos.

3. Tiempo de combustión

- El combustible se inflama y el pistón es empujado hacia abajo.

4. Tiempo de escape

- Los gases de escape se conducen hacia afuera.

Puedes copiar la misma para usarla en cualquier tipo de documento.

B.O.E. 26/01/2008 Cambios en el Reglamento General de Conductores

Nuevos cambios en el reglamento, afectan al teórico del B, circuito abierto obligatorio en el permiso A, cambio de la edad de conducir ciclomotores, circuito cerrado para ciclomotores…

Texto oficial del B.O.E.

El alarmante aumento de la siniestralidad de las motocicletas que se viene produciendo en los últimos tiempos, resulta especialmente acusado en las de mayor cilindrada. Uno de los factores que, de manera clara, ha contribuido a este aumento es el de la falta de experiencia en la conducción de estos vehículos.

Para atajar esta situación es imprescindible adoptar una serie de medidas que pasarán, necesariamente, por incorporar a nuestra normativa las previsiones que las Directivas comunitarias ponen a disposición de los estados miembros para reforzar las exigencias generales de acceso a la conducción de estos vehículos.

Entre estas medidas está la de exigir, para el acceso a la conducción de las motocicletas de mayor potencia, una experiencia previa en la conducción de las motocicletas de las categorías inferiores a las que autoriza el permiso que se pretende obtener, así como la de establecer como obligatoria la superación de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos previstas para la obtención de cada clase de permiso, suprimiendo las exenciones vigentes.

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Listado definitivo fase presencia curso XII

Después de cambiar las listas por una pregunta erronea en los examenes de correspondencia la cosa queda como viene en este listado:

LISTADO DEFINITIVO

¿Cómo ser profesor de autoescuela?

El certificado de aptitud de profesor de formación vial podrá obtenerse superando los cursos o pruebas que al efecto convoque la Dirección General de Tráfico.Para tomar parte en los cursos o pruebas será necesario:

  • Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o acreditar que se poseen estudios equivalentes o superiores.
  • Ser titular del permiso de conducción de la clase B, al menos, con una antigüedad mínima de dos años.
  • Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen para la obtención de un permiso del grupo 2, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento General de Conductores. Por excepción, quienes, sin poseerlas estén en posesión de un permiso de conducción de la clase B o un permiso extraordinario de la clase B, sujeto a condiciones restrictivas con, al menos, una antigüedad mínima de dos años, obtenido al amparo de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento General de Conductores, podrán obtener un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanzas de carácter teórico.

Dichos requisitos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

PRUEBA PREVIA DE SELECCIÓN

Los aspirantes admitidos no exentos serán sometidos a una prueba previa de selección que tendrá dos partes, una teórica y otra práctica.

  • Prueba teórica: La prueba teórica, que versará sobre normas y señales reguladoras de la circulación y cuestiones de seguridad vial, tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, en impreso facilitado al efecto, a un cuestionario sobre las materias antes indicadas, siguiendo un sistema de elección múltiple. El tiempo para realizar la prueba será de 1 minuto por pregunta. Quienes las superen pasarán a realizar la prueba práctica.

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Cambios en el examen teórico

Como todos los años, llegan los rumores:

- Cambio de la edad para obtener la licencia de ciclomotor de 14 a 15 años

Es una gran idea, despues de años permitiendo que niños de 14 años conduzcan vehículos potencialmente peligrosos, ya era hora de cambiar esto. Además, sería lógico que añadiesen una prueba práctica, un chaval de 15 años, por mucho que se estudie un libro, no va a aprender a conducir una moto.

- Los conductores con el permiso caducado más de 4 años no tendrán que volver a examinarse

Ridicula idea, si una persona no se preocupa de lo más mínimo por tener su permiso de conducir renovado, no digamos del seguro del vehículo y no pensemos en la responsabilidad que pueda asumir esa persona en caso de accidente.

- Respuestas múltiples en el examen teórico

Esto creo que lo llevo oyendo desde hace años, tratan de igualar estos exámenes a ciertas universidades, que realizan examenes de respuesta múltiple.

La idea no es mala, pero para ello habría que informatizar todas las autoescuelas, informatizar las salas de examenes de Tráfico… (mucho dinero y mucha formación), todavía existen autoescuelas donde la máquina de escribir es su elemento más innovador, es complicado aplicar esto a nivel nacional.

Tambien sería lógico pensar, que si lo que quieren esque el alumno salga bien preparado, deberían exigirse otras cosas como:

–> NO permitir examenes teóricos por libre, para algo los profesores de autoescuela tenemos que hacer unos cursos de formación.

–> Exigir un mínimo de clases prácticas obligatorias, se aprende mucho más en un coche que leyendo un libro.

No hay que basarse en que las autoescuelas son un negocio, sino que son un medio de formación a muchos ciudadanos que puede salvar muchas vidas en carretera.

Además, como siempre, de todos estos rumores, todavía no se sabe fecha, así que seguimos en las mismas, avisando todo el día antes del examen.

Resolución de 26 de agosto de 2007

RESOLUCIÓN DE 26 DE AGOSTO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE SE CREA UN REGISTRO ELECTRÓNICO EN LA JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
(BOE núm. 220, de 13 de septiembre)

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Con la reforma de los artículos 38 y 59 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dio un nuevo impulso al empleo y aplicación de dichas técnicas, al habilitar, por una parte, la creación de registros telemáticos que faciliten e impulsen las comunicaciones telemáticas entre las Administraciones Públicas y los ciudadanos y, al proporcionar, por otra parte, la necesaria cobertura legal al régimen jurídico regulador de las notificaciones practicadas por medios telemáticos. Continua leyendo »

Reglamento de Autoescuelas

REAL DECRETO 1295/2003, DE 17 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS ESCUELAS PARTICULARES DE CONDUCTORES

(B.O.E. 28 - OCTUBRE - 2003)

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Tasas 2008 DGT

Las nuevas tarifas de Tráfico:

Tasas DGT 2008

Pincha en la imagen para aumentar su tamaño.

Tráfico controlará a los vehículos sin seguro

Tráfico se moderniza, ahora tendrá controlados a todos los vehículos que circulen sin seguro por nuestras carreteras.

Anuncio navidad 2007 DGT

Iré posteando los videos de los anuncios de la DGT a lo largo del tiempo, para ver la evolución de estos.

Anuncio DGT navidad 2007

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